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Propiedad Intelectual / Editorial

Propiedad intelectual

La propiedad intelectual, o PI, se define como activos tangibles o intangibles utilizados y/o propiedad de la corporación sin fines de lucro para promover el propósito exento de la organización, y no tiene la intención de beneficiar de forma privada al creador, las partes interesadas, las partes interesadas o individuos

El problema

El IRS considera que la Propiedad Intelectual pertenece a la corporación sin fines de lucro, manejada y administrada para beneficiar principalmente las necesidades de la organización sin fines de lucro y sus propósitos. Hay varios factores a considerar:

1) Propósito principal de la organización: ¿sirve la propiedad intelectual para promover el propósito de la organización y ampliar los programas de la organización? Se debe demostrar la necesidad de tener y administrar la propiedad intelectual para promover las necesidades de los programas, la visión o la misión de la organización.

2) Desarrollo, uso y distribución no comercial: ¿Está restringido el desarrollo, uso y distribución de la propiedad intelectual en el sentido de que no es principalmente un medio para generar ingresos para respaldar las necesidades de la organización?

3) Beneficio privado para las personas: los acuerdos de desarrollo y distribución de propiedad intelectual deben evitar el beneficio privado para las personas dentro de la organización o mediante acuerdos contractuales. Tenga cuidado de que cualquier acuerdo sea diferente a los comportamientos tradicionales o comercialmente equivalentes en el mercado. Compartir los ingresos de la venta y distribución de la propiedad intelectual a través de regalías o comisiones debe definirse cuidadosamente, si es que se permite, para garantizar que el propósito principal de la organización se apoye a través de la propiedad intelectual involucrada y que la actividad no sea solo un medio de generar ingresos para apoyar el presupuesto de la propia organización sin fines de lucro. La venta de bienes para generar fondos para apoyar a una organización exenta no respalda lo suficienteel propósito principal de la organización.

La solución:

Aborde el tema con la siguiente mentalidad, incluso hasta la adopción de una resolución para garantizar que esta sea la intención rectora:

  • La organización desarrollará sus propios materiales cuando sea necesario para presentar mejor la información y los temas. Conservará todos los derechos intelectuales de cada proyecto financiado a través de la organización como un trabajo terminado, y cualquier acuerdo de derechos de autor para el uso de materiales se implementará para garantizar que ninguna persona se beneficie financieramente de manera inapropiada de los esfuerzos de la organización.
  • Si algún miembro individual de la organización posee los derechos de autor de los artículos distribuidos o vendidos por la organización, el titular de los derechos de autor no recibirá ningún beneficio de los derechos de autor, incluidas las regalías de las ventas de los artículos.
  • Las transacciones se realizarán en condiciones de plena competencia en conjunción con la política de conflicto de intereses contenida en los estatutos sociales.
  • Todos los derechos de autor en poder de la organización se considerarán activos de la organización y, al disolverse la organización, se distribuirán de acuerdo con los artículos de incorporación y los requisitos de IRC 501(c)(3).
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